Laureano Brú Sevilla Ex concejal de Urbanismo del PSOE
 

Urbanismo santapolero

 
Viernes 2 de julio de 2010 0 comentarios
 

He sido Concejal de Urbanismo por el Grupo Municipal Socialista desde junio de 1989 hasta junio de 1991 (2 años) y desde julio de 1999 hasta junio del 2003 (4 años) últimamente están apareciendo declaraciones de la actual Concejal de Urbanismo del PP Sra. Gadea, que no sólo no me parecen correctas , sino que a veces creo que son insidiosas. Por todo ello, me veo en la obligación de puntualizar algunos temas:
1o.- EL SECTOR ‘’SALINAS’’.- Es totalmente falso que en el Plan General de 1985 se pudieran edificar aquí 2.400 viviendas como ha dicho la Sra. Gadea ¿Puede creer alguien sensato que si esto hubiera sido cierto los ‘’tiburones del ladrillo’’ habrían esperado 25 años para poder construir solamente 800 viviendas?
El actual Sector Salinas era en el Plan General de 1985 una ‘’zona industrial’’ denominada IN-1 que nunca llegó a desarrollarse. Ni en 1985, ni en 1995, ni en el 2005 se hubiera podido edificar allí ni una sola vivienda.
2o.- EL SECTOR 1 DEL CJ-5 : Es cierto, como dice la Sra. Gadea , que a pesar de aumentar el número de viviendas de 956 a 2.228 , la edificabilidad del sector permanece inalterable. Lo que ocurre es que en el Plan General de 1985 existía un parámetro que en una modificación puntual se ha ‘’pervertido’’.
Actualmente existe el parámetro número de viviendas por hectárea (viv./ha) , pero en el Plan de 1985 ese parámetro era el de número de habitantes por hectárea (hab/ha) es decir 35 habitantes por hectárea, con lo cual, multiplicando 35 habitantes por el número de hectáreas del sector salía la cifra aproximada de 2.870 habitantes para todo el sector. Al poder edificar ahora 2.228 viviendas éstas tendrían que ser de una sola habitación y aún así, vivirían con toda seguridad más de 4.000 personas. Imagínese cuando se terminen de edificar todas las viviendas y que éstas sean de dos o tres habitaciones ¿cuántos habitantes residirían en este Sector, 6.000 , 7.000 , ....? desde luego muchísimos más que los 3.000 permitidos.
3o.- CÉDULAS DE HABITABILIDAD.- En este caso hay que distinguir las de primera ocupación (viviendas nuevas) que suele firmar el Alcalde y las de segunda ocupación (viviendas de segunda mano) que firma el Concejal de Urbanismo. Eso no obsta para que cualquier concejal pueda también firmarlas previa delegación del Alcalde. La Sra. Gadea ha declarado públicamente ‘’ que incluso los anteriores socialistas dieron cédulas de habitabilidad a apartamentos de 20 metros cuadrados ,firmando el entonces Concejal de Urbanismo que cumplían las condiciones de habitabilidad de una vivienda’’.
La Sra. Gadea al decir ésto, no sólo demuestra una gran ‘’mala fe’’, sino también una ignorancia ‘’supina’’de los procedimientos administrativos, ya que debería saber que el único responsable de las cédulas de habitabilidad es el técnico municipal cualificado que las firma. Las firmas del Alcalde o del Concejal de Urbanismo que aparecen a su lado se pueden considerar como meramente ‘’institucionales’’,¿O es que Vd., Sra. Gadea, cuando firma una cédula de habitabilidad ha ido personalmente a inspeccionar la vivienda y sabe que reúne los requisitos para ocuparla? Si una cédula de habitabilidad está mal concedida quien comete prevaricación es el técnico municipal que la firma. Le emplazo a que diga quiénes son los firmantes de esas cédulas mal dadas, en que fecha se dieron, si eran de primera ocupación o de segunda y sobre todo el técnico municipal que según Vd. prevaricó.
Sra. Gadea le invito a debatir públicamente sobre Urbanismo, donde quiera, cuando quiera y como quiera.

Laureano Brú Sevilla
Ex concejal de Urbanismo del PSOE

 

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