La nueva Ordenanza Municipal incorpora a las Calas del Este como playas urbanas de la localidad
Con el afán de reservar la primera línea de playa, es una costumbre bastante extendida entre los bañistas el colocar, a primera hora de la mañana, sus sombrillas junto a la orilla y marcharse para volver más tarde. Desde ahora esto ya no se podrá hacer ya que el pleno del Ayuntamiento de Santa Pola ha aprobado varias modificaciones en la Ordenanza Municipal de Playas. Así, se prohíbe dejar instaladas las sombrillas siempre que no estén sus propietarios y “los empleados municipales o la Policía Local podrán retirar los elementos instalados irregularmente y depositarlos en las dependencias municipales”. Sus propietarios sólo podrán retirarlos si presentan la factura. En la nueva normativa también se prohíbe “la instalación de tiendas de campaña, sombrillas no diáfanas por los laterales y vehículos o remolques habitables”. “En muchas ocasiones, sobre todo en las calas, se colocan grandes toldos que acaparan buena parte de la playa e impiden el acceso de otros bañistas”, explica el concejal de Playas, Javier Baile.
Aunque de hecho ya estaban funcionando como tales, en la nueva Ordenanza se recogen también las Calas de Santa Pola del Este como playas urbanas, lo que implica servicios de seguridad (socorrismo, balizamiento y vigilancia) y también de ocio; cartelería y señalización y dotación de equipamietos como pasarelas, lavapiés, aseos, etc. así como la limpieza de arena y espigones y la retirada de algas. Quedan como playas no urbanas, por tanto, el Pinet, la Gola y las calas del Aljub, Bancal de la Arena, el Cuartel y de la Ermita y el resto como urbanas.
Para mejorar la seguridad y evitar accidentes durante la limpieza nocturna de las playas, “los usuarios no podrán colocarse en la arena de forma que su presencia no sea visible”. Así, en ocasiones hay personas durmiendo y el conductor del tractor puede no percatarse de su presencia. Asimismo, no podrán permanecer en las playas y calas en horario de limpieza los usuarios que dificulten esta labor y que hayan sido reprendidos previamente por los servicios municipales.
La ordenanza también recoge los espigones en los que expresamente está permitida la pesca con caña las 24 horas del día, pero “siempre hay que tener en cuenta que no se puede pescar a una distancia inferior a cien metros de los lugares frecuentados por los bañistas”. Se podrá pescar en el espigón del Club Náutico y en todos los comprendidos desde el Parque Xaloc (en la “cadena”) hasta la Ermita y en el espigón de Vatasa, salvo en su cara Este. Se señalizarán los espigones en los que está prohibido pescar.
También hay cambios en cuanto a la realización de hogueras en las playas. Está prohibido realizar fuego directamente sobre la arena o las rocas, excepto en la noche de San Juan, entre el 23 y 24 de junio, pero en los lugares delimitados por el Ayuntamiento y utilizando “leña o madera sin objetos punzantes o metálicos”. Así, era frecuente quemar palés de madera y luego los clavos quedaban en la arena.
También se aclaran aspectos sobre el balizamiento de las playas y se recuerda que los bañistas y buceadores no pueden usar los canales de entrada o salida o varada de embarcaciones por el peligro que conlleva.