HOSTELERÍA Y COMERCIO
 

Hasta 750 euros de multa por colocar carteles en la vía pública

 
Viernes 21 de junio de 2013 0 comentarios
 

El Ayuntamiento de Santa Pola está intentando regular la proliferación de carteles anunciadores portátiles que los propietarios de comercios instalan en la vía pública, por lo que se ha requerido a los responsables su retirada o adecuación a la ordenanza municipal de convivencia ciudadana en el espacio público.
En dicha normativa, dentro de su Título II que afecta a la limpieza de la red viaria y de otros espacios libres, en el Capítulo II, Sección II que trata de las pancartas, carteles y folletos, y en su artículo 32, normas de conducta, dice textualmente en su punto 9 que “los titulares de los establecimientos no podrán situar en la vía pública ninguna clase de mobiliario con propaganda publicitaria”. Los hechos descritos suponen una infracción leve y pueden ser sancionados con multas de hasta 750 euros.
Según han explicado desde las concejalías de Limpieza y de Seguridad Ciudadana, son varios los motivos que llevan al Ayuntamiento a aplicar la normativa municipal, y han recordado que este tipo de carteles sí se pueden colocar sujetos a la fachada o terraza del establecimiento o dentro del espacio de la terraza que haya contratado como ocupación de vía pública.

Accesibilidad y seguridad

En primer lugar estos carteles pueden generar un problema de accesibilidad en las aceras, y se ha constatado que, en algunos casos, impiden o dificultan la libre circulación de carritos de bebé o de personas en silla de ruedas. En segundo lugar pueden crear situaciones de inseguridad, especialmente los días de viento en los que los carteles pueden caer al suelo y dañar al viandante o provocar un tropezón. El Ayuntamiento recuerda que, al estar estos carteles situados en la vía pública y no en el espacio del que el establecimiento es titular, el consistorio es responsable civil subsidiario y los carteles no cuentan con ningún tipo de seguro. Por tanto, en caso de producirse daños podría ser obligado a hacerse cargo de la indemnización al reclamante, hechos que lamentablemente ya han sucedido en alguna ocasión y que han costado dinero al erario público.
El Ayuntamiento no prohíbe la utilización de estos reclamos publicitarios necesarios para los negocios, tan solo insta a cumplir unas mínimas normas que eviten molestias y daños a terceras personas, y en ningún momento se ha cobrado ningún tipo de tasa por los carteles ni existe intención de gravar más la ya de por sí complicada situación económica de los comerciantes y hosteleros locales.

 

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