El Ayuntamiento de Santa Pola está intentando regular la proliferación de carteles anunciadores portátiles que los propietarios de comercios instalan en la vía pública, por lo que se ha requerido a los responsables su retirada o adecuación a la ordenanza municipal de convivencia ciudadana en el espacio público.
En dicha normativa, dentro de su Título II que afecta a la limpieza de la red viaria y de otros espacios libres, en el Capítulo II, Sección II que trata de las pancartas, carteles y folletos, y en su artículo 32, normas de conducta, dice textualmente en su punto 9 que “los titulares de los establecimientos no podrán situar en la vía pública ninguna clase de mobiliario con propaganda publicitaria”. Los hechos descritos suponen una infracción leve y pueden ser sancionados con multas de hasta 750 euros.
Según han explicado desde las concejalías de Limpieza y de Seguridad Ciudadana, son varios los motivos que llevan al Ayuntamiento a aplicar la normativa municipal, y han recordado que este tipo de carteles sí se pueden colocar sujetos a la fachada o terraza del establecimiento o dentro del espacio de la terraza que haya contratado como ocupación de vía pública.
Accesibilidad y seguridad
En primer lugar estos carteles pueden generar un problema de accesibilidad en las aceras, y se ha constatado que, en algunos casos, impiden o dificultan la libre circulación de carritos de bebé o de personas en silla de ruedas. En segundo lugar pueden crear situaciones de inseguridad, especialmente los días de viento en los que los carteles pueden caer al suelo y dañar al viandante o provocar un tropezón. El Ayuntamiento recuerda que, al estar estos carteles situados en la vía pública y no en el espacio del que el establecimiento es titular, el consistorio es responsable civil subsidiario y los carteles no cuentan con ningún tipo de seguro. Por tanto, en caso de producirse daños podría ser obligado a hacerse cargo de la indemnización al reclamante, hechos que lamentablemente ya han sucedido en alguna ocasión y que han costado dinero al erario público.
El Ayuntamiento no prohíbe la utilización de estos reclamos publicitarios necesarios para los negocios, tan solo insta a cumplir unas mínimas normas que eviten molestias y daños a terceras personas, y en ningún momento se ha cobrado ningún tipo de tasa por los carteles ni existe intención de gravar más la ya de por sí complicada situación económica de los comerciantes y hosteleros locales.