En el Pleno Ordinario del viernes 30 de octubre se aprobaron 44 expedientes de demolición de obras por infracción urbanística en el término municipal de Santa Pola. Reflejo éste de la gran actividad que está teniendo la Concejalía de Urbanismo para controlar las obras de reforma ilegales que hay en nuestra localidad. Así, según informa la propia edil del área, María Dolores Gadea, en estos momentos hay 800 expedientes de infracción urbanística en nuestra localidad, de los cuales 200 se abrieron como legalizables a falta de algún trámite como, por ejemplo, pedir la licencia de obras y de los 600 restantes algunos pueden ser legalizables y otros están prohibidos por la ordenanza urbanística.
De hecho, Gadea ha derivado todos estos expedientes a una funcionaria que se encarga de tenerlos al día para que no caduquen tras los cuatro años de inactividad que marca la Ley. Semanalmente el Ayuntamiento detecta unos posibles 20 casos de infracciones urbanísticas.
Pero antes de proceder, subsidiariamente, a la demolición de las reformas ilegales si el propietario no las acomete, el Ayuntamiento ha empezado ya a imponer las primeras sanciones económicas. La cuantía varía en función del tipo de infracción y de la superficie a la que afecta. Las primeras multas han sido impuestas a quienes “aún siendo avisados, son reincidentes”.
La edil de Urbanismo señala que muchas de las infracciones se cometen por desconocimiento de los propietarios que, por ejemplo, no saben que acristalar un balcón requiere de un permiso de obras previo y que sólo se puede hacer si hay edificabilidad disponible. Por tanto, Gadea recuerda que antes de realizar cualquier reforma hay que solicitar el permiso de obras correspondiente en el Ayuntamiento.
Cambios
Es intención de la concejala cambiar la Ordenanza Urbanística y de Construcciones, que data del año 2005, en dos aspectos fundamentales.
Por un lado, se flexibilizará la norma en lo relativo al acristalamiento de balcones, que se permitirá siempre que no se exceda el límite de edificabilidad de cada caso. Así, según explica Gadea el aumento de edificabilidad conlleva un doble problema para el municipio: se defrauda al fisco, ya que el propietario paga un IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) por una superficie determinada cuando ésta, en realidad, es mayor; y, en segundo lugar, al haber una ampliación de vivienda, esto podría suponer un aumento de habitantes y “podría llegar un momento en que, al no haber las infraestructuras suficientes, al tirar de la cadena, no colará”, explica gráficamente la edil de Urbanismo.
Por otro lado, la ordenanza actual no prevé sanción alguna para aquellos propietarios que piden el permiso de obras una vez se les ha avisado de la infracción urbanística. Ahora Gadea quiere cambiar la normativa y “aplicar un porcentaje de sanción al que legaliza a posteriori, ya que se da una desigualdad con el que legaliza a priori”.
Y en el caso de que la infracción urbanística cometida no sea legalizable, el Ayuntamiento les comunica a los propietarios que deben adaptar la obra a las características permitidas (por ejemplo, en el caso de una pérgola debe estar cubierta con elementos perecederos como el brezo o el cañizo) o si no fuese legalizable el expediente tiene que ir preceptivamente al pleno para dictar la orden de demolición.









