
En el pasado Pleno se aprobó por unanimidad la propuesta presentada por Alcaldía para que el IBI se pueda pagar a plazos a través de SUMA Gestión Tributaria sin devengar intereses de demora.
La Alcaldía expuso que debido a la situación de crisis económica tan acentuada que estamos viviendo y con el fin de apoyar, por parte del Ayuntamiento a las familias, comercios, empresas y autónomos y, en general, a todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se han visto afectados por el estado de alarma, decretado como consecuencia de la crisis sanitaria causa por el COVID-19, esta Alcaldía-Presidencia considera oportuno y necesario acordar la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en el sentido de incluir una modificación que permita la puesta en marcha, por parte de Suma-Gestión Tributaria, de la concesión de fraccionamientos y aplazamientos de pago sin devengar intereses de demora , en base a lo establecido en el artículo 10 del TRLRHL.
Los contribuyentes podrán fraccionar o aplazar las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva correspondientes a este impuesto, sin devengo de intereses de demora, con las siguientes condiciones :
a) Los interesados deberán presentar la correspondiente solicitud antes de que finalice el período voluntario de pago.
b) La cuota podrá fraccionarse en tantos plazos como periodos mensuales resten hasta la finalización del ejercicio de devengo.
c) El importe mínimo de cada fracción no podrá ser inferior a 30 euros.
d) El pago de las fracciones o el aplazamiento habrá de realizarse mediante domiciliación bancaria.
Se agruparán en un único documento de cobro todas las cuotas de este impuesto relativas a un mismo sujeto pasivo, cuando se trate de bienes inmuebles rústicos de este municipio.