La vuelta al colegio puede ser una carga financiera importante para muchas familias. Sin embargo, en la Comunidad Valenciana, existen deducciones aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que pueden aliviar el impacto de estos gastos, según ha informado la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).
Deducción por gastos de guardería
Las familias con hijos menores de tres años pueden beneficiarse de una deducción del 15% en los gastos de guardería, con un tope de 270 euros por cada hijo o descendiente. Además, si la familia ha contratado a una persona para ayudar en el hogar, podrán desgravarse hasta el 50% de las cuotas de la Seguridad Social relacionadas con dicha contratación.
Requisitos para la deducción por guardería:
1. Ambos padres o los acogedores que convivan con el menor deben trabajar, ya sea por cuenta propia o ajena, y recibir rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
2. Los ingresos totales, sumando la base liquidable general y la base liquidable del ahorro, no deben exceder los 30.000 euros en declaración individual o 47.000 euros en declaración conjunta.
3. En caso de que ambos progenitores tengan derecho a la deducción por un mismo hijo, el límite de la deducción se prorrateará entre ellos en partes iguales.
4. Si el menor cumple tres años durante el año fiscal, la deducción se prorrateará en función de los días que el hijo haya tenido menos de tres años. El mismo criterio se aplica si el hijo nace o es acogido durante el ejercicio.
5. Los pagos deben realizarse mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en una cuenta bancaria para tener derecho a la deducción.
Deducción por gastos en material escolar
Además de la deducción por guardería, las familias de la Comunidad Valenciana pueden beneficiarse de una deducción de 110 euros por hijo para cubrir los gastos de material escolar, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Requisitos para la deducción por material escolar:
1. Los hijos o acogidos deben dar derecho a la aplicación del mínimo por descendientes establecido en la normativa estatal del IRPF.
2. El contribuyente debe estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en un servicio público. Si ambos progenitores viven juntos, esta condición puede ser cumplida por cualquiera de los dos.
3. La base liquidable general y del ahorro no debe superar los 30.000 euros en caso de declaración individual o los 47.000 euros en declaración conjunta.
4. Si ambos progenitores tienen derecho a la deducción, ésta se prorrateará en partes iguales.
5. La deducción también se prorrateará según los días en que se cumpla el requisito de desempleo e inscripción como demandante de empleo.
Facilidad en los pagos
Al igual que en el caso de la deducción por gastos de guardería, la aplicación de la deducción por material escolar requiere que los pagos se realicen mediante métodos verificables, como tarjeta de crédito, débito, transferencia bancaria o cheques nominativos.
Una ayuda para las familias en dificultades
Estas medidas buscan apoyar a las familias de la Comunidad Valenciana, facilitando que parte de los gastos derivados de la vuelta al cole sean deducibles en el IRPF. La combinación de deducciones por guardería y material escolar proporciona un importante respiro económico, especialmente en un contexto donde los costes relacionados con la educación continúan aumentando.
Las familias deben revisar los requisitos específicos para asegurarse de que pueden beneficiarse de estas deducciones y, en caso de duda, se recomienda consultar con un asesor fiscal que pueda orientarles en el proceso de solicitud y maximización de los beneficios fiscales.